Las fianzas Aduanales
garantizan las obligaciones, frente a las
autoridades aduaneras, por diversos conceptos,
de los cuales podemos mencionar los siguientes:
ADMISIÓN
TEMPORAL.
Bajo la ley 69 de Incentivos a las Exportaciones.
Garantizando que los insumos admitidos temporalmente
en el país serán reexportados
en el plazo indicado.
FALTA DE DOCUMENTOS.
Esta
es una de las más comunes. Bajo esta
fianza se garantiza que los
documentos originales de las mercancías
importadas van a ser entregadas en un plazo
no mayor de tres (3) meses a la Dirección
General de Aduanas.
EXONERACIONES.
Esta
es una fianza que garantiza que las mercancías
retiradas están exentas de impuestos
y que el propietario de la mercancía
entregará el documento probatorio.
PAGO
DE IMPUESTOS.
Con
esta fianza se garantiza el pago de los
impuestos por parte del propietario de la
mercancía a la dirección general
de aduanas.
ADMISIÓN
TEMPORAL.
Con
este tipo de fianzas se garantiza el retorno
de maquinarias y equipos admitidos temporalmente
en el país para realizar una actividad
específica.
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