Las fianzas Aduanales garantizan las obligaciones, frente a las autoridades aduaneras, por diversos conceptos, de los cuales podemos mencionar los siguientes:

ADMISIÓN TEMPORAL.
Bajo la ley 69 de Incentivos a las Exportaciones. Garantizando que los insumos admitidos temporalmente en el país serán reexportados en el plazo indicado.


FALTA DE DOCUMENTOS.

Esta es una de las más comunes. Bajo esta fianza se garantiza que los
documentos originales de las mercancías importadas van a ser entregadas en un plazo no mayor de tres (3) meses a la Dirección General de Aduanas.

EXONERACIONES.

Esta es una fianza que garantiza que las mercancías retiradas están exentas de impuestos y que el propietario de la mercancía entregará el documento probatorio.

PAGO DE IMPUESTOS.

Con esta fianza se garantiza el pago de los impuestos por parte del propietario de la mercancía a la dirección general de aduanas.

ADMISIÓN TEMPORAL.

Con este tipo de fianzas se garantiza el retorno de maquinarias y equipos admitidos temporalmente en el país para realizar una actividad específica.


 
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